Ley Orgánica de Aviación Civil: nuevos derechos para los pasajeros

12.10.2026

La nueva Ley Orgánica de Aviación Civil, publicada en el Registro Oficial el 2 de octubre de 2026, fija derechos concretos para quienes viajan en avión.

  • Reembolso o nuevo boleto (art. 126): si el viaje no se realiza por causa imputable a la aerolínea, el pasajero tiene derecho al reembolso o a otro boleto en condiciones similares a las que compró.
  • Viaje interrumpido (art. 125): la aerolínea debe llevar al pasajero y su equipaje a su destino por el medio más rápido posible, o reembolsar la parte del trayecto no recorrido. Si la causa le es imputable, también cubre hospedaje y alimentación.
  • Retrasos por fuerza mayor (art. 124): la aerolínea solo se libera de responsabilidad, devolviendo el precio del boleto, si prueba que adoptó todas las medidas razonables para evitar el retraso o la suspensión.
  • Descuento del 50 % (art. 127): adultos mayores y personas con discapacidad tienen derecho a este descuento en todas las tarifas aéreas.

En la práctica: conserve el boleto, los correos de la aerolínea y las facturas de gastos. Son la prueba para exigir el reembolso o la compensación.

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